jueves, 5 de junio de 2014

Congreso aprobó ley que fomenta la conservación, recuperación y uso sostenible de los servicios ecosistémicos


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Con 83 votos a favor y ninguno en contra (tampoco hubo abstenciones), esta mañana el Congreso de la República aprobó la Ley de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, el cual es un resultado positivo del trabajo conjunto y permanente de la Comisión de Pueblos Andinos Amazónicos y Afroperuanos, ambiente y Ecología  con los especialistas del Ministerio del Ambiente (MINAM).

Aprobada en el Dia Mundial del Ambiente, esta ley dará un adecuado marco jurídico a aquellos acuerdos voluntarios que ya se vienen registrando entre ciudadanos, para asegurar la provisión de bienes y servicios que nos brinda la naturaleza. Según explicó Roger Loyola, director de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Cultural del MINAM, esta ley fomentará acciones de reconocimiento para las dos partes involucradas: aquella que ayuda a mantener el ecosistema con acciones de conservación, recuperación y uso sostenible de los ecosistemas, y aquella que recibe el beneficio de esta labor.

“El primer servicio ecosistémico que el MINAM está trabajando es el recurso hídrico, con el que se evalúa el trabajo entre cuencas altas y bajas, para el beneficio mutuo. También el carbono a través del cuidado de los bosques”, agregó Loyola. En otros casos, hay comunidades que han pedido que se cree un control de bosque y reciben un beneficio para evitar el uso del terreno y la tala de árboles.

Ejemplos de este tipo ya se han llevado a cabo no solo en el extranjero –Costa Rica y Ecuador– sino también en el propio Perú. Por ejemplo, la compañía de Seguros El Pacífico suscribió un convenio que permite que el bosque de Tambopata (en Madre de Dios) se mantenga en pie y así la empresa compensa sus emisiones. Otro ejemplo es el de Moyobamba donde los usuarios pagan para mantener tres microcuencas del Alto Mayo y asegurar la calidad del agua para consumo humano.

“Lo que proponemos es la medición y la regulación de las acciones humanas voluntarias. Ello no quita que las obligaciones ambientales ya establecidas se mantengan, pues no se exonera a ninguna persona, empresa o entidad del Estado de cumplir con sus deberes”, señaló Loyola.

El artículo 12 de la Ley señala que el MINAM apoyará a los Gobiernos Regionales y Locales, a través de la Incubadora de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos, cuya función principal es apoyar estos procesos.

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